No es ir a la cárcel por piropear
Por Pamela Olivares
La voluntad del Observatorio contra el Acoso Callejero de Chile (OCAC Chile), de legislar sobre el acoso sexual en las calles está basada en una cuestión social grave, que hemos venido denunciando desde 2013 y que este año, gracias a nuestro segundo estudio, fue validada por la ciudadanía.
En el último año, tres de cada cuatro personas han sufrido acoso callejero, afectando especialmente a mujeres jóvenes. Asimismo, las víctimas y los testigos de acoso no son indiferentes: más del 90% opina que es necesario sancionar estas agresiones. El problema es real e innegable.
Hoy no existe en Chile una figura legal para denunciar y proteger a las víctimas de acoso callejero. Por eso, proponemos incorporar estos ataques a la legislación del país, desde sus manifestaciones leves hasta las más graves, porque consideramos esta forma de violencia en su globalidad y proponemos que la normativa también lo haga.
Todo contacto corporal, de connotación sexual y no consentido, como “punteos” [rozar o apoyar los genitales sobre otra persona] o “agarrones” [apretar las nalgas o bustos de otra persona con las manos], será considerado delito. El acoso callejero sin contacto físico, como frases sexuales, toma de fotografías, masturbación o persecución, será falta.
En el proyecto, proponemos, como máximo, multas de 20 unidades tributarias mensuales (unos US$1.400) para las faltas y 540 días de presidio para los delitos. Así, se desprende que nadie irá a la cárcel por “piropear”. Ese temor es sólo un mito.
El objetivo principal de la tipificación es empoderar a las víctimas, quienes necesitan acogida luego de sufrir una agresión. En la actualidad, si una persona acude a Fiscalía, a la Policía de Investigaciones (PDI) o a los Carabineros para denunciar acoso callejero, no encuentra protección: la policía no puede iniciar procesos por faltas o delitos que no existen. Así, la Ley de Respeto Callejero, en primera instancia, es una herramienta para las víctimas, sean éstas hombres o mujeres.
A la vez, en OCAC Chile creemos en el poder de la sensibilización y de la educación. Por ello, hemos propuesto sanciones alternativas, para no criminalizar meramente el hecho y evitar privar a las personas de su libertad. De este modo, las multas y la pena privativa podrán sustituirse por asistir a, por lo menos, cinco sesiones de sensibilización sobre acoso callejero.
En el caso de una falta por acoso verbal o no verbal (comentarios sexuales agresivos, abordajes intimidantes), la multa podrá reemplazarse por disculpas públicas. Con esto, apelamos a que el presidio sea la última opción, que se aplique sólo ante reincidencias o cuando la agresión vulnere los derechos de quienes tienen dificultades para defenderse, como niños, niñas o embarazadas.
Además, para avanzar desde el acoso callejero al respeto callejero de la manera más sana posible, paralelo al proyecto de ley, OCAC Chile entregó al Ejecutivo un conjunto de recomendaciones para impulsar políticas públicas educativas y preventivas. Por ejemplo, sugerimos capacitar a Carabineros y PDI sobre acoso callejero, ya que son estas policías las que reciben las denuncias.
Por todo lo anterior, la aplicación de la Ley de Respeto Callejero sería un tremendo paso, imprescindible para avanzar hacia espacios públicos seguros, donde se respete y se resguarde la libertad sexual: no sólo de las mujeres, adolescentes y niñas, sino de toda la ciudadanía.
Pamela Olivares es chilena, licenciada en Ciencias Jurídicas y voluntaria del área jurídica del Observatorio Contra el Acoso Callejero de Chile. Sigue sus opiniones en @ocacchile.
Educación, clave contra el acoso
Por Ana Belén Cordero
EnglishEn la actualidad es común y, sobre todo necesario, el debate sobre la inseguridad y violencia en las calles. En un afán de reglamentarlo todo y de defender el efecto disuasivo de una norma jurídica en los potenciales y actuales agresores, varias iniciativas han surgido en la región, las cuales conceptualizan, tipifican y sancionan el acoso callejero —asumiendo que su objetivo principal sea el de reducir las cifras de acoso en las calles.
Las propuestas conciben al transporte público como el lugar más propicio para el acoso callejero, sobre todo en horas pico, cuando hay mayor afluencia de pasajeros. Dentro de las iniciativas de políticas públicas también se han implementado lo que comúnmente se conoce como “buses rosados” o “vagones exclusivos” para mujeres.
Estas acciones, más que generar una reducción significativa en cifras, generan rechazo. No sólo por parte de los hombres, sino también de muchas mujeres, porque constituyen una política segregacionista similar a la ocurrida en Estados Unidos contra la minoría negra. Este tipo de políticas no disminuye el problema del acoso, apenas podrá prevenir algunos casos dentro de los vagones o autobuses que agrupan a los pasajeros según su sexo.
Lo único que consigue dividir a hombres de mujeres es profundizar aún más a una cultura separatista y atrasar el proceso educativo de convivencia plural y respetuosa que debería existir en las distintas ciudades del mundo. Más allá de la equivocada idea que los hombres gustan de las mujeres y son los únicos sujetos activos de un potencial acoso callejero.
Nadie discute que reconocer y conceptualizar públicamente un hecho social, que culturalmente ha sido concebido como “normal” o común en una determinada sociedad, como es el acoso callejero—desde un piropo obsceno hasta un acoso físico o verbal— persigue un efecto “educador” en los individuos. Sin embargo, su alcance estará limitado a aquellos que se mantienen actualizados sobre la actualidad legislativa.
La piedra fundamental del acoso radica en la educación, en el hogar, en escuelas y mediante campañas de comunicación. La norma penal, por lo contrario, es la ultima ratio y, como lo indica su nombre, debe ser reservada como el último recurso en un proceso de educación a los individuos en una sociedad. La mayoría de los códigos penales ya han agregado el acoso sexual como un delito, y añadir más leyes al respecto solo contribuiría a sobrecargar los archivos nacionales de cada país.
Ana Belén Cordero es una abogada ecuatoriana, Máster en Derecho de Empresa por la Universidad San Francisco de Quito (USFQ), Máster en Gerencia Política por la Universidad George Washington (GWU), y activista política. Síguela en @anitacebelinco.
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