Ya hemos visto en reiteradas e incansables oportunidades como el Estado argentino (y muchos latinoamericanos) coarta nuestra libertad de elegir. Nos dice qué contenidos deben estar en la curricula escolar, qué podemos o no importar, cuántos dólares podemos comprar para el ahorro, y recientemente con la aprobación de la nueva Ley de abastecimiento, decidirá el margen de ganancia y la rentabilidad de las empresas privadas en el país.
Este Estado intervencionista en la economía es asimismo paternalista en los asuntos de libertades individuales. A la hora de dejar que los argentinos decidan qué es lo mejor para sus vidas, los funcionarios practican dialécticas demagógicas para decir a sus ciudadanos que están haciendo todo lo posible para cuidarlos.
Así nacen —se deprenden de esta teoría— las licencias oficiales para ejercer determinadas profesiones.
¿No deberíamos ser libres entonces de hacernos revisar por un médico sin licencia, pero que ha estudiado las artes de la medicina tradicional china? ¿Qué sucede si quisiera hacerme tratar por una curandera porque desconfío de la ponderada medicina occidental?
Bueno, pues si ese es el caso, la persona que me trató irá a prisión por ejercicio ilegal de la medicina.
Según el articulo 208 del Código Penal argentino: “Será reprimido con prisión de 15 días a un año: El que, sin título ni autorización para el ejercicio de un arte de curar o excediendo los límites de su autorización, anunciare, prescribiere, administrare o aplicare habitualmente medicamentos, aguas, electricidad, hipnotismo o cualquier medio destinado al tratamiento de las enfermedades de las personas, aún a título gratuito”.
El mismo artículo cita que tendrán la misma suerte aquellos que sin autorización o título prometan la curación de enfermedades por métodos secretos o infalibles.
Me dirán ustedes que soy una demente por querer una cosa así. Pero soy una persona que no subestimo a otro seres humanos. Yo seguramente no aceptaré que me opere Diego Maradona del corazón. Por el contrario, averiguaré los antecedentes y la escuela de cada persona que me trate.
Surgirían, ciertamente, institutos privados de certificación medicinal (o de arquitectura, ingeniería, psicología, plomería, escribanía, contaduría, y miles de etcéteras) que presten certificación de excelencia académica y profesional.
Además de esto, muchas profesiones necesitan no solamente el título oficial otorgado por el ministerio de Educación, sino que requieren estar inscritos en una colegiación para poder ejercer su trabajo.
Este es el caso de los abogados, pues necesitan matricularse en el Colegio Público de Abogados para poder hacer todo los trámites en los juzgados de este país. Por supuesto, esto requiere cierta cantidad aporte de dinero por año.
En el caso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los abogados deben pagar AR$1.200 pesos por año (US$85) y AR$60 (US$4,2) por juicio. Mientras que en la provincia homónima los letrados deben abonar AR$16.000 ($1.115) más AR$310 ($22) por juicio iniciado.
No es mi intención hacer alarde de usos alternativos de la medicina ni de las técnicas oscurantistas umbandas sino de darle el derecho a las personas de elegir qué prefieren para sus vidas y dejarlas correr sus propios riesgos sin miedo de penas ni castigos.