Caracas, 7 ago (EFE).- El voto es secreto, individual y directo, según contempla la Constitución de Venezuela. Pero este mandato, como tantos otros de la Carta Magna, cae en saco roto según quiénes sean los afectados. Si eres indígena, tus obligaciones son las mismas que las del resto, pero tus derechos no: tu voto no será secreto ni individual ni directo.
Las etnias minoritarias de Venezuela ya no podrán ir a las urnas como cualquier otro ciudadano, sino que votarán a mano alzada a unos delegados que, posteriormente, elegirán, en nombre de la comunidad, a los diputados que los “representarán” en la Asamblea Nacional que presuntamente se constituiría durante el período 2021-2026, en unas elecciones que la oposición anunció no asistiría por no contar con condiciones.
QUEJAS Y RECLAMACIONES
Ante esta flagrante violación a la normativa constitucional, los representantes de catorce organizaciones legalmente constituidas y los líderes de los 20 pueblos multiétnicos del estado indígena del Amazonas remitieron un escrito al Consejo Nacional Electoral (CNE) para expresar su queja y denuncia “categórica” de lo que consideran un “atropello”.
Su reclamación subraya que el CNE “pretende coartar, limitar y cercenar los derechos constitucionales de los pueblos y comunidades indígenas y sus organizaciones, a la participación política al Parlamento Nacional en términos de igualdad, usos y costumbres” para la elección de sus representantes.
El documento, dirigido a los rectores del ente electoral, recuerda el contenido íntegro del artículo 63 de la Carta Magna: “El sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas. La ley garantizará el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional”.
Firmemente apegados a la Constitución, los indígenas reivindican el respeto “íntegro” a sus derechos, que -aseguran- se están violando con el sistema de voto impuesto para las próximas elecciones.
“VICIOS E ILEGALIDAD”
La nueva normativa electoral que afecta a los pueblos originarios está hecha, según los afectados, sobre una base de “vicios e ilegalidad de forma y de fondo en todo su contexto, como norma de orden sublegal que contraviene la norma suprema como lo es la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”.
Además, consideran que es “grave” que el reglamento no haya sido consultado “de buena fe” a los 45 pueblos y comunidades indígenas con “vida activa” en los estados Zulia, Mérida, Trujillo, Bolívar, Delta Amacuro, Anzoátegui, Monagas, Sucre, Apure y Amazonas, de modo que se diera la opción de hacer “aportes, planteamientos y propuestas”.
Recuerdan que el derecho a la consulta previa sobre este tipo de cuestiones está “consagrado en la Constitución, en la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (LOPCI) y en el Convenio Internacional 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)”.
Otra de las múltiples reclamaciones que plantean es por “ambigüedad jurídica y la traba burocrática partidista”, que -aseguran- es ajena a los usos y costumbres de los pueblos indígenas nacionales “que tienen diversas formas y tradición cultural propia de elegir tanto a sus autoridades tradicionales o legítimas”, más allá del sistema de “mano alzada”.
“Resulta sospechoso que esto (voto a mano alzada) se quiera implementar por primera vez de una manera prematura y amañada a intereses partidista contrario a la conquista alcanzada y progresiva de los derechos humanos fundamentales de los pueblos indígenas en cuanto a su participación política”, reiteran las etnias minoritarias en su denuncia.
ILEGALIDAD EN LA MODIFICACIÓN
La modificación del reglamento se efectuó a menos de cinco meses de la fecha fijada para la celebración de las elecciones, por lo que viola la Ley de Procesos Electorales, que señala que no puede haber cambios en un tiempo inferior a medio año de los comicios.
No obstante, esta y otras modificaciones se hicieron fuera del plazo establecido por la normativa que rige el proceso electoral, como el incremento del número de diputados que conformarán la Asamblea Nacional, pasando de los 167 escaños actuales a 277 para la próxima legislatura.
Este incremento supone un 66 % más de curules, pese a que la población venezolana se ha visto reducida por la migración en lo últimos años y, por tanto, no hay proporcionalidad.
Sin embargo, los indígenas seguirán estando representados por tres legisladores, número que no se ha visto afectado por el aumento general. Es así que, en Venezuela, tus derechos variarán en función de tu raza.