La Primera Sala de la Suprema Corte Suprema de Justicia de México determinó de manera unánime que la vida de las parejas homosexuales no se limite a la vida en pareja sino que “puede extenderse a la procreación y a la crianza de niños y niñas según la decisión de los padres”.
Esta resolución se dio luego del análisis de otras cortes en diferentes países en el tema del reconocimiento del derecho de parejas homosexuales y luego de observar que entes como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos concluyeron que hay una “similitud entre las parejas del mismo sexo y las heterosexuales en cuanto a su capacidad de desarrollar una vida familiar”.
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Por esto, los magistrados de esta sala de la Corte Suprema de México, emitieron la tesis jurisprudencial que se titula “Derecho a la vida familiar de las parejas del mismo sexo” publicada el pasado 27 de enero y que entró en vigor desde el pasado lunes 30 de enero.
En el material se indica que la Corte cree que “existen parejas del mismo sexo que hacen vida familiar con niños y niñas procreados o adoptados por alguno de ellos, o parejas que utilizan los medios derivados de los avances científicos para procrear”.
Los magistrados llegaron a la mencionada conclusión luego de que la Suprema Corte de Justicia emitiera cinco sentencias que favorecieron a las parejas homosexuales en diferentes estados y ciudades de México entre los años 2012 y 2015 siendo estas mediante la adopción de un menor o el abrir el acceso a tratamientos de reproducción asistida.
Esta resolución de la Corte implica que las parejas homosexuales que quieran conformar una familia con menores no se verán limitadas ante esa posibilidad frente a ninguna instancia del gobierno mexicano.
Fuente: Animal Político