Los familiares o tutores que radiquen en la Ciudad de México y que tengan la responsabilidad del cuido de adultos mayores con alguna discapacidad o que no puedan valerse por si mismos y les abandonen con “dolo”, tengan aislados y les mantengan en hacinamiento o desalojen de manera ilegal serán sancionados con cárcel.
Esta medida ha sido establecida en las reformas al Artículo 156 del Código Penal de la Ciudad de México y que fue aprobada en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF).
La sanción para estas personas podría ser desde tres meses hasta tres años de cárcel y en caso de que el imputado sea ascendiente del agraviado será privado de la patria potestad o de la tutela del adulto mayor.
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Estas reformas fueron impulsadas por la legisladora Elizabeth Mateos Hernández, quien se encuentra impulsando también un protocolo para identificar los casos en que haya una mala situación económica con los que se dan “por dolo y mala fe”.
“Vamos a establecer un protocolo, nos pusimos de acuerdo con el DIF, el Instituto de Adultos Mayores y con la secretaría de Desarrollo Social, para conceptualizar que es el dolo” dijo la legisladora del Partido Revolucionario Demócratica (PRD).
Mateos Hernández considera que se debe tener en cuenta cuando los familiares o tutores no tiene recursos económicos ni trabajo lo que les complica brindar la adecuada atención, medicamentos o dar una vida digna a su familiar adulto mayor, así como los casos que estas condiciones obligan al abandono de adultos mayores en hospitales para que ahí les brinden el cuidado que ellos no pueden.
En estos casos, la legisladora del PRD considera que el Estado debe brindar apoyo para evitar que se rompa el núcleo familiar, sin embargo si las personas cuentan con los recursos económicos y abandonan a sus adultos mayores por “dolo o mala fe” ya que quiere evadir su responsabilidad sí deben ser sancionados con las penas que han quedado establecidas en el Código Penal de la Ciudad de México.
Fuente: Excelsior