El indictment (acusación formal) de la captura de Santrich revela el andamiaje investigativo que se venía gestando entre la justicia de EE. UU. y la de Colombia a raíz de una compraventa de cocaína en este país por miembros del Cartel de Sinaloa.
La circular roja menciona que las negociaciones se realizaron entre el mes de junio del año 2017, después de la firma de los acuerdos de paz, hasta abril de 2018. En ellas se habría pactado un acuerdo para exportar diez toneladas de cocaína con destino a los EE. UU., por un valor de USD $15 millones, de los cuales Santrich ya habría recibido USD $3 millones. El cargamento está valorado en el país norteamericano en USD $320 millones, según el fiscal general de la nación, Néstor Humberto Martinez.
3/6 Declaración Fiscal General de la Nación sobre cumplimiento orden de captura internacional expedida a través de circular roja #Interpol contra Seuxis Paucis Hernández Solarte, alias ‘Jesús Santrich’; Marlon Marín; Armando Gómez, alias ‘El doctor’, y Fabio Simón Younes Arboleda pic.twitter.com/xfgD6FQcuM
— Fiscalía Colombia (@FiscaliaCol) April 10, 2018
Lo realizado por el exguerrillero de las FARC es un delito de conspiración para exportar cocaína en los Estados Unidos, razón por la cual ese país pediría en extradición al jefe guerrillero.
Asimismo, la Interpol señaló que de acuerdo con una investigación por agentes federales de la DEA y fiscales federales los acusados manifestaron varios elementos que probaría su relación con la compraventa de cocaína.
- Tener acceso a aviones registrados en EE. UU. para transportar la droga
- Tener acceso a laboratorios de droga para suministrar cocaína
- Dieron evidencia de su acceso a toneladas de cocaína en el país.
Cabe destacar que Santrich estará recluido en Colombia hasta que el Gobierno norteamericano formalice la solicitud de extradición y se lleve a cabo el tramite legal correspondiente.
La captura de Santrich: “un mensaje de Santos a Trump”
La captura de Santrich, avalada por el presidente Juan Manuel Santos, envía un mensaje a la administración de Donald Trump, y es que la lucha contra el narcotráfico persiste y que Colombia continúa liderando el delito.
La construcción de la paz exige del absoluto cumplimiento y respeto por la ley y los acuerdos. Esas son las reglas de juego.
— Juan Manuel Santos (@JuanManSantos) April 9, 2018
Las criticas de EE. UU. a Colombia por el crecimiento y producción de cocaína en pleno posconflicto hizo que se tomaran algunos correctivos en esta materia. De probarse efectivamente la participación de Santrich en el envío de cocaína al país norteamericano implicaría un fuerte golpe al proceso de paz, directamente al interior de las FARC y a su discurso que pretende mantenerse en la legalidad.
La eventual extradición del líder guerrillero seria “acabar con el proceso” como ha indicado las FARC, y ratifica los argumentos de los críticos del proceso de paz y es que la disidencia de las FARC opera como retaguardia del brazo político institucionalizado de la Fuerza Alternativa del Común.
“Santos supo entregarle trofeo a Trump para la Cumbre de Lima. No estuvo mal jugado si quiere tener algo de visibilidad en Washington ahora que se convierte en expresidente”, dijo Jorge Eduardo Castro, miembro del Movimiento Libertario al PanAm Post.
Mientras tanto, Victoria Sandino, fariana y constructora del Acuerdo de Paz, indicó, “Santrich no puede ser el trofeo por entregar a Trump en su visita a Colombia, a él toda nuestra solidaridad y apoyo”.
¿Puede operar la Justicia Especial (JEP) sin ley estatutaria?
La finalidad de la orden de captura de Santrich es la extradición, sin embargo, debe primero pronunciarse la Jurisdicción Especial para la Paz sobre el caso, posteriormente la Corte Suprema de Justicia y la decisión definitiva de extradición estará en cabeza del presidente de la República.
No obstante, la captura de Santrich levanta una serie de preguntas sobre el papel de la justicia especial y su caso. No es del todo claro si esta jurisdicción puede asumir competencia y tomar decisiones con base en el Acto Legislativo 01 de 2017, a pesar de que el Artículo 152(a) de la Constitución exige la aprobación de una Ley Estatutaria para el efecto.
PanAm Post habló con Santiago Vargas Niño, abogado y politólogo, máster en derecho internacional público y especializado en derecho penal internacional sobre esta serie de cuestionamientos de la JEP.
“La aparente simplicidad del asunto es engañosa. A primera vista, pareciera circunscribirse a establecer si la JEP tiene competencia para definir la fecha de comisión de los hechos que se le imputan a Santrich. De allí que la Presidenta de la JEP haya recurrido al Artículo Transitorio 19 del AL 01/17 para resolver la controversia.”
Sin embargo, el jurista sostuvo que éste no es el verdadero problema, pues la competencia prevalente y exclusiva de la JEP está sólidamente fundada en el AL 01/17 y el tribunal especial se encuentra en funcionamiento desde el 15 de marzo de 2018 según la Resolución 001 de 2018.
“Las complicaciones surgen, precisamente, desde el momento en el cual se reconoce la competencia de la JEP. En efecto, es entonces cuando se evidencia un gigantesco vacío normativo: al día de hoy las normas de procedimiento que aplicará la JEP no existen”.
En este sentido, señaló que el Proyecto de Ley Estatutaria de la JEP (008 de 2017) apenas está siendo estudiado por la Corte Constitucional y, por lo tanto, no ha cobrado vigencia. A su vez, el Código de Procedimiento de la JEP se encuentra lejos de convertirse en Ley de la República, pues el Presidente lo devolvió a sus Magistrados objetando la extensión del texto. Por último, el reglamento general de la JEP, adoptado a través del Acuerdo 001 de 2018, es un acto administrativo pensado para desarrollar las normas que aún no han entrado en vigencia, no para remplazarlas.
Por consiguiente, el mandato constitucional contenido en el Artículo Transitorio 19 del AL 01/17 no ha sido desarrollado por vía legislativa y su aplicación automática violaría el Artículo 29 de la Constitución, que exige el juzgamiento con base en leyes preexistentes.
“La Corte Constitucional ha sostenido de forma reiterada que el respeto por el principio de legalidad exige que las normas de procedimiento penal sean proferidas por el Congreso de la República en su calidad de legislador, no como constituyente derivado”, afirmó. “En este momento, los Magistrados de la Sala de Revisión sencillamente no cuentan con las herramientas que necesitan para decidir el caso respetando la Constitución”.
Según Vargas, “una decisión de la Sala de Revisión frente a Santrich no estaría guiada por leyes que establezcan claramente la oportunidad para decidir si lo entrega a la justicia ordinaria o no, la posibilidad de aportar pruebas y el término para estudiarlas, las formalidades de la providencia que resuelva el asunto, la posibilidad y condiciones para impugnarla”. Concluyó que “la enorme presión de las circunstancias forzará a la JEP a tomar una decisión apartándose del debido proceso”. En su criterio, esto sentará un precedente peligroso para la justicia en Colombia.
Entre tanto, la presidenta de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), Patricia Linares, aseguró que la sección de revisión estudiará los hechos por los que fue detenido Santrich para establecer responsabilidades.
Por otro lado, el fiscal general, Néstor Humberto Martínez, manifestó que los reinsertados pueden estar tranquilos en la legalidad, ya que cuentan con la seguridad y acompañamiento de la institución.
“Los detenidos traicionaron los valores y principios de los acuerdos de paz. A todos los reinsertados que permanecen en la legalidad los invito a perseverar en la democracia y en el cumplimiento del orden legal. Para ellos todas las garantías de la Fiscalía, así como el respeto y la protección del Estado de derecho”, dijo.
Pronunciamiento de la FARC
En horas de la maña, la Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común dio a conocer un comunicado sobre la captura de Santrich.
“Con la captura de nuestro camarada Jesús Santrich el proceso de paz se encuentra en su punto más crítico y amenaza ser un verdadero fracaso. A los manifiestos incumplimientos por parte del Estado se le agrega una nueva situación que ya habíamos considerado desde que en el Congreso, y por cuenta de la perversa actuación de la Fiscalía General, se iniciara el desmonte de la Jurisdicción Especial para la Paz”.