EnglishRecientemente, una amiga que ha vivido y felizmente superado la difícil lucha contra el cáncer de mama me comentó que dado su historial médico, ninguna institución bancaria le va a otorgar un crédito hipotecario. Ante mi perplejidad, me aclaró que el sistema bancario conoce los detalles de su vida privada y simplemente la considera una cliente de alto riesgo, y que en el caso de que la enfermedad volviese a golpear, podría no pagar el préstamo.
Este estado de cosas resulta del acceso que las entidades financieras tienen al historial clínico de sus clientes. Ser diagnosticado por hipertensión puede cambiar las condiciones e incluso posibilidades de acceder a ciertos productos financieros. Este precedente es a toda vista ilegal, sin embargo se ha instalado bajo diversas formas como una práctica frecuente e impune.
Suena macabro, y macabro es que esa realidad la vivamos muchos, potencialmente todos nosotros. Nuestros datos personales, incluso los más sensibles y hasta íntimos, han sido traficados, comercializados, vendidos y compartidos sin nuestro consentimiento explícito, al punto que llegan a ejercer una especie de poder oscuro y malévolo sobre nuestras vidas.
En la actualidad, en pleno apogeo de la Sociedad de la Información, nuestros antecedentes, almacenados en las bases de datos de carácter electrónico y virtual, se encuentran distribuidos entre un sinfín de servicios públicos, instituciones financieras, establecimientos de salud, fondos de pensión, compañías de seguro; pero también entre las multitiendas y farmacias, entre otros.
Y son datos muy cotizados en lo que ya constituye todo un mercado, sin duda de carácter muy perverso, donde la información, hasta la más sensible, circula sin control, pero también sin sanción.
Los llamados “derechos de la personalidad” consisten de un amplio abanico de derechos y atributos, cuyo núcleo reside en el principio del respeto a la vida privada. El derecho a la identidad, a la propiedad, al honor, a la integridad física y psíquica, constituyen derechos absolutos, extra-patrimoniales y no transables bajo las reglas de intercambio económico, donde la privacidad y la intimidad de la persona adquieren un valor casi sagrado e inviolable.
En el caso de Chile aun rige la ley 19.628 del año 1999 sobre la Protección de Datos Personales, que define a los datos sensibles como “Aquellos datos personales que se refieren a las características físicas o morales de las personas o a hechos o circunstancias de su vida privada o intimidad, tales como los hábitos personales, el origen racial, las ideologías y opiniones políticas, las creencias o convicciones religiosas, los estados de salud físicos o psíquicos y la vida sexual”.
Los procesos y sucesos de nuestras vidas son parte de nuestra privacidad, a la que nadie debe interponerse, de acuerdo a la observación de John Stuart Mill de que sobre sí mismo, su cuerpo y sobre su mente, el individuo es soberano.
Sin embargo, la misma ley, además de no ajustarse a los estándares internacionales, contiene muchas imperfecciones, omisiones e imprecisiones que abren espacios de abuso y mal uso por parte de quienes disponen de nuestros datos personales y tienen formalmente, legalmente y moralmente la obligación de protegerlos y manejarlos con suma discreción.
El Ejecutivo, por su parte, tampoco dá señales de que valore la urgencia de otorgarle mayor protección a nuestra privacidad, y por lo mismo, de exigir el respeto a la autonomía, libertad y dignidad personal. Hoy por hoy tampoco existe un órgano o instancia exclusivamente dedicada a velar por el uso adecuado y respetuoso de la información personal. El delito del tráfico de datos personales raramente se sanciona, situación que otorga licencia a una práctica, desde muchos puntos de vista, condenable.
Esta situación, que atenta contra la libertad individual, daña los fundamentos más elementales de una sociedad libre, otorgándoles a los actores institucionales de carácter económico, político y social, un poder ilícito, arbitrario e inmoral sobre los individuos. Es una forma de violencia sobre la autonomía personal ejercida a diario; una práctica coercitiva sobre nuestra libertad en la toma de decisiones y realización plena de la soberanía individual, que según los atributos de soberanía debe ser inviolable y libre de injerencias arbitrarias y hostiles.
El ataque contra nuestra intimidad y los derechos de la personalidad tiene además efectos sociales muy nocivos, ya que junto a otros factores (tales como la desigualdad) contribuye fuertemente a que se dañe de manera permanente la confianza entre los actores individuales.
La confianza es una de las medidas con la que podemos evaluar el estado de desarrollo de un país y sus proyecciones, y Chile es el país con el nivel de desconfianza interpersonal más alto (87%) entre los miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).