La bancada opositora representada por la Mesa de la Unidad Democrática convocó para el próximo miércoles 27 de abril a una movilización masiva para exigir al Consejo Nacional Electoral (CNE) que entregue las planillas para el referendo revocatorio.
La manifestación de calle se efectuará desde varios puntos del país hacia todas las sedes del CNE, organismo que ha prolongado la entrega de los documentos que activarían la solicitud para revocar al Gobierno de Nicolás Maduro.
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El diputado Freddy Guevara afirmó que la MUD ha intentado “todos los mecanismos constitucionales” para activar el referendo sin obtener respuestas del organismo electoral que hasta los momentos no cumple con el “deber constitucional” de entregar las planillas.
“El pueblo tiene el derecho de solicitar el referendo. Deje que la gente elija. Rectora del CNE no sea cómplice ni irresponsable. Esta invitación es para todos los estudiantes, trabajadores, sector de alimentación y para todas las madres. Vamos sin capucha, sin bulto, sin morral”, agregó el diputado.
De acuerdo con los medios de comunicación locales, este sábado 26 de abril, la oposición emitirá un comunicado en el cual informará sobre los puntos de concentración para marchar en todo el territorio hasta las oficinas del CNE.
“Señor presidente, la seguridad de esa marcha depende de usted. Será usted quien determine cómo termina esa movilización”, sentenció Freddy Guevara.
Este jueves 21 de abril siete diputados se encadenaron en la sede del CNE exigiendo las planillas del revocatorio; esto por la demora de la rectora del ente electoral de entregarlas ya que son requisito indispensable para recolectar firmas y poder activar el referendo.
¿Qué se necesita para activar un referendo revocatorio?
En Venezuela la única manera para activar un referendo revocatorio es mediante la recolección de firmas de 20% de los electores, cantidad que se encuentra amparada por el artículo 72 de la Constitución de Venezuela, el cual cita lo siguiente:
Todos los cargos y magistraturas de elección popular son revocables. Transcurrida la mitad del período para el cual fue elegido el funcionario o funcionaria, un número no menor de veinte por ciento de los electores o electoras inscritos en la correspondiente circunscripción podrá solicitar la convocatoria de un referendo para revocar su mandato.
Una vez convocado el referendo, para que se considere revocado el mandato se exigirán dos condiciones:
- Cuando igual o mayor número de electores que eligieron al Presidente hubieren votado a favor de la revocatoria.
- Que haya concurrido al referendo un número de electores igual o superior al 20% de los electores inscritos.
El presidente Nicolás Maduro obtuvo 7,5 millones de votos en las elecciones presidenciales de 2013; entonces, para el revocatorio debería pronunciarse un número igual o mayor de votantes en contra de su continuidad en el poder.
Asimismo, deberán concurrir al menos 20% (aproximadamente 4 millones personas) de los electores inscritos en el Registro Electoral para el momento de la celebración de la consulta.
Cumplidas estas condiciones, se considerará revocado el mandato y se procederá a cubrir la falta absoluta prevista en el artículo 233 de la Constitución, el cual menciona lo siguiente:
Serán faltas absolutas del Presidente o Presidenta de la República: su muerte, su renuncia, o su destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ); su incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional; el abandono del cargo, declarado como tal por la Asamblea Nacional, así como la revocación popular de su mandato.