Los “narcosobrinos” de la familia presidencial de Venezuela estarían implicados en dos casos de asesinato; esto, según la Fiscalía del Distrito Sur de Nueva York.
En un informe previo a la sentencia, el organismo solicitó cadena perpetua para los imputados pues alegan que hay evidencias de que los sobrinos de la Primera Dama de Venezuela, Cilia Flores, estarían vinculados al asesinato de dos personas no identificadas en Venezuela.
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La Fiscalía asegura que en los chats de los teléfonos entre Efraín Campo Flores y Franqui Flores De Freitas hay evidencia de otro presunto crimen.
El informe señala que “la Fiscalía encontró fotos de cuerpos descuartizados de personas sin identificar y vincula estos asesinatos al cobro de una deuda”.
Por su parte, los abogados defensores pidieron al juez Paul Crotty desestimar estos argumentos, debido a que se tratan de pruebas “insuficientes” y escogidas a dedo para vincularlos a estas muertes.
En el documento, que contiene 60 páginas, relatado por la defensa:
“Después de un examen detenido, estos textos y fotos no se acercan a establecer de manera creíble que los acusados estaban involucrados en cualquier muerte. A lo sumo, muestran que los demandados estaban conscientes de que ciertos asesinatos habían ocurrido en Venezuela, conocida por ser un lugar violento y peligroso. Por ejemplo, en un intercambio de WhatsApp del 21 de junio de 2015, Flores explicó que ‘ellos’ —como otras partes— habían matado a alguien porque ‘ellos’ sospechaban que la víctima había contado sobre ellos”.
El próximo 12 y 13 de septiembre, el juez Paul Crotty impondrá la sentencia que tendrán que cumplir Efraín Campo Flores y Franqui Flores De Freitas por conspirar para ingresar más de 800 kilogramos de cocaína a territorio estadounidense.
La Fiscalía asegura a la Corte que tanto Campo Flores como Flores De Freitas cumplen con los requisitos para ser sentenciados con prisión de por vida. Sin embargo, la defensa contradice esta solicitud argumentando que los acusados califican para la “válvula de escape”, un procedimiento en casos de drogas por medio del cual un acusado puede librarse de las condenas mínimas obligatorias.
“Para obtener este beneficio la norma estadounidense establece que el acusado no debe tener condenas previas, no usó violencia ni amenazas creíbles de que se usaría violencia, ni estuvo en posesión de un arma de fuego ni de cualquier otra arma peligrosa (ni persuadió a otro participante para que lo hiciera) en conexión con el delito; el delito no tuvo como resultado la muerte de cualquier persona ni ocasionó que persona alguna sufriera una lesión corporal grave y por último que no se trata de líder, organizador, dirigente, administrador ni supervisor de otros en el delito, del modo determinado según las pautas para el dictado de penas”.
Fuente: Diario Las Américas