La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) rechazó el pedido de Alberto Fujimori de que su defensa participe en la audiencia que se efectuará el próximo 2 de febrero.
La decisión de la CIDH surge luego de que el exmandatario que recientemente recibió el beneficio de indulto designara a su abogado Miguel Pérez Arroyo para asistir a la audiencia.
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Según fuentes de diario El Comercio, la Corte comunicó su decisión a las partes e indicó que en este tipo de audiencias, los únicos participantes son el Estado y los representantes de las víctimas.
En la audiencia de superivisión de cumplimiento de la sentencia de Barrios y Cantuta, la Corte IDH analizará si el indulto dado al expresidente Fujimori incumple lo establecido en su dictamen, en el que piden que se juzgue y sancione a los responsables de esos crímenes.
La única alternativa que tiene el exmandatario de participar en la audiencia de febrero es a través de un informe escrito, que sería considerado como una consulta externa.
El indulto eximió a Fujimori de cumplir el total de su sentencia y también estableció que no puede ser procesado por otras acusaciones, por lo que el caso fue llevado ante la CIDH por víctimas y organizaciones civiles.
Los familiares de las víctimas de los crímenes mencionados expondrán sus alegatos, mientras que al Estado peruano lo representará un procurador. Tras ello, la Corte Interamericana emitirá una resolución de cumplimiento obligatorio.
Cabe destacar que ante la posibilidad de que el indulto sea anulado por la CIDH, el presidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez, sostuvo que la decisión del Tribunal internacional será vinculante en dicho país.
“Lo que se va a decidir en esa audiencia no lo sabemos, pero lo que se resuelva obviamente es vinculante para el Estado peruano”, recalcó.
Pero la disputa política y judicial continúa, pues la premier Mercedes Aráoz no coincide con el presidente del Poder Judicial y señaló que sea cual sea la decisión de la CIDH debería “prevalecer” la Constitución, la cual establece que el indulto es una prerrogativa presidencial.
Indulto podría quedar sin efecto
La Sala Penal Nacional (SPN) podría dejar sin efecto el derecho de gracia a Fujimori por falta de fundamentos o motivos que lo sustenten.
El presidente del Poder Judicial Duberlí Rodríguez anunció que el próximo 26 de enero se evaluará el proceso judicial que se inició contra Fujimori por la ejecución extrajudicial de seis personas en el distrito de Pativilca, provincia de Barranca.
El abogado penalista Carlos Caro, dijo al Canal N que “podría eventualmente inaplicar la resolución del presidente, dejarla sin efecto por falta de motivación, porque no se ha motivado en qué consiste la gracia presidencial”.
En el caso del indulto, las razones humanitarias se sostienen en que el expresidente indultado se encuentra enfermo y las condiciones de encierro tendrían consecuencias en su salud, pero en el caso de Pativilca no se ha dicho nada.
“La resolución del presidente Kuczynski lo ha excluido del proceso, sin señalar por qué razones corresponde esa exclusión. No hay una línea de motivación, de las razones por las cuales correspondería otorgarle el derecho de gracia durante el proceso”, agregó.
Por otro lado, el abogado dijo que el plazo de 24 meses de prescripción que no ha transcurrido desde que Fujimori fue incorporado al proceso (desde marzo del 2017) no es un argumento sólido.