La persecución del régimen de Nicolás Maduro en contra de la Asamblea Nacional de Venezuela ha dejado hasta ahora diez diputados víctimas del Poder Judicial, la mayoría de ellos en el exilio o refugiados.
Los diputados Julio Borges, Tomás Guanipa, Gaby Arellano, Freddy Guevara, José Manuel Olivares y Rosmit Mantilla, se han visto obligados a asumir el exilio para evitar ser perseguidos por parte de la dictadura.
Mientras que Juan Requesens, fue secuestrado por la policía política tras ser acusado sin pruebas de haber participado en el supuesto atentado contra Nicolás Maduro.
A todos ellos les fue pisoteada su inmunidad parlamentaria, una condición establecida en la Constitución venezolana.
Adriana Pichardo, diputada a la Asamblea Nacional y del Parlamento del Mercosur señaló a PanAm Post que en 2015, cuando la mayoría opositora ganó las elecciones, se inició la persecución contra los legítimos diputados del Parlamento; fue ese año que el régimen empezó “a vacilar y pisoterar las leyes venezolanas para iniciar la persecución”.
“El acoso a la AN empezó desde el momento en que ganamos las elecciones en diciembre de 2015, en ese momento llevabamos como candidatos a tres presos políticos, el diputado Gilberto Sojo, Rosmit Mantilla y Renzo Prieto, a quienes al momento de haber sido electos como diputados suplentes, jamás se les otorgó la libertad que por ley les correspondía, porque inmediatamente se les aplicaba el principio de inmunidad parlamentaria”, recordó.
“En enero de 2017, el primer perseguido en funciones fue el diputado Gilber Caro, detenido por la policía política de Venezuela, después se desató una persecución contra diputados como Julio Borges, Tomás Guanipa, Gaby Arellano, Freddy Guevara, José Manuel Olivares, y ahora Juan Requesens”, sentenció.
Tras la persecución de la dictadura, Romsit Mantilla se encuentra en Paris, Freddy Guevara está refugiado en la embajada de Chile en Caracas; Olivares, Borges, Arellano y Guanipa se encuentan en Bogotá.
“Pero más allá de la persecución judicial también se ve una persecución física, el amedrentamiento, lo psicológico y la tortura a la que somos sometidos todos día a día; hemos sido golpeados en las puertas de la AN, nos escupen, nos insultan, nos humillan, nos persiguen los órganos de seguridad en las ciudades donde hacemos vida política, más todas las limitantes, incluso de transporte interno, que tenemos. Debo recordar que las aerolíneas que pertenecen al Estado tienen prohibido ser utilizadas por ningún diputado de la oposición venezolana”, sentenció la diputada.
Para el régimen “cualquier cosa” es flagrancia
Tras el reciente caso de detención contra el diputado Juan Requesens, a quien se le violaron sus derechos al debido proceso y a la inmunidad parlamentaria, la Constitución venezolana establece que ningún diputado puede ser enjuiciado sin que sea aprobado por la Asamblea Nacional. Solo en caso de flagrancia se le puede detener.
Requesens se encontraba en su hogar sin haber cometido delito en flagrancia, y aún así fue detenido.
En la sentencia responsabilizan a Borges y a Requesens “en la comisión flagrante del delito de homicidio intencional calificado ejecutado con alevosía y por motivos fútiles en grado de frustración en contra de ciudadanos de la Fuerza Armada Nacional”.
El abogado constitucionalista José Vicente Haro, profesor de derecho constitucional de la Universidad Central de Venezuela, señaló a PanAm Post que se trata de “un golpe de Estado contra el la institución parlamentaria”.
“El régimen ahora quiere ir más allá, quiere ir a lo que yo llamaría una forma de disolución progresiva y controlada del Parlamento”, señaló el especialista.
“La decisión que tomó ayer el ilegítimo TSJ tiene mucha vinculación y relación con la decisión que se tomó contra el diputado Freddy Guevara, que también fue objeto de esta persecución política y de una orden de captura por parte del Tribunal Supremo de Justicia, presidido por Maikel Moreno”, agregó.
“La detención en flagrancia solamente existe cuando la persona es sorprendida, aprehendida en los minutos preparatorios de la comisión del hecho punible, en el lugar del supuesto hecho punible, o bien durante la comisión de ese supuesto hecho punible o después de haberse cometido en los minutos posteriores. Cuando la persona ya ha huído, es decir, cuando la persona es agarrada con las manos en la masa”, señaló Haro.
El abogado recordó que para el TSJ ilegítimo ahora “flagrancia” es cualquier cosa.
“Esto no es nuevo, desde el 2008 se dio una sentencia en el caso del diputado Wilmer Azuaje . Desde ese año se desnaturalizó el concepto de flagrancia en el TSJ y prácticamente ahora es cualquier cosa. Es cualquier traje a la medida”, señaló.
“Desde el 2008 han habido más de 12 decisiones del TSJ, incluyendo la decisión contra Freddy Guevara, con las que se parte de la base de una supuesta flagrancia para vincular a una persona. En el caso de Requesens todos pudimos ver a través de la cámara de seguridad que él fue abordado y detenido de manera violenta, sin que realmente fuera flagrancia (…) esa aprehensión es una privación ilegítima de libertad y es también una violación al derecho al debido proceso. No solamente a la defensa con sus abogados, sino también a su inmunidad parlamentaria”, sentenció.