Luego de que el presidente Martín Vizcarra disolviera el Congreso de la República, Perú tuviera por pocas horas dos presidentes, y entrara en una especie de limbo jurídico; pareciera que el Ejecutivo lleva la “delantera” y las aguas correrán a su favor.
Mercedes Aráoz, quien ostenta el cargo de segunda vicepresidente y que juramentó ante el Congreso como presidente interina tras vacar temporalmente a Vizcarra, decidió presentar su renuncia. De la cual afirmo espera sirva para resolver la crisis política por medio de elecciones generales.
La situación en Perú se ha tornado complicada, el Congreso de la República denunció un Golpe de Estado que aún no está claro ante el país ni ante los ojos del mundo. De hecho, la Organización de Estados Americanos (OEA) ofreció un comunicado en el que espera que el Tribunal Constitucional peruano sea el que se pronuncie sobre la “legalidad y legitimidad” de lo que sucedió en este país.
Hay que recordar que Parlamento decidió ignorar en primer momento la petición del Ejecutivo de discutir la cuestión de confianza, y prefirió seguir adelante con la elección de magistrados arriesgándose a su disolución.
Hasta ahora, solo la Comisión Permanente del Parlamento es la que sesiona en el Congreso, y así lo hará hasta el próximo 26 de enero, cuando se lleven a cabo las elecciones legislativas convocadas por Vizcarra. Esto solo si el Tribunal Constitucional falla a favor del Ejecutivo y no del Legislativo. Sin embargo, hay que esperar.
Para aclarar un poco el panorama en materia jurídica, PanAm Post entrevistó al abogado y periodista Andrés Calderón, quien explicó que la renuncia de Aráoz no se ha realizado de manera oficial, pues lo hizo ante un Congreso ya disuelto y no ante el Poder Ejecutivo.
El día de ayer Aráoz presentó públicamente su renuncia a la vicepresidencia de la República, y pareciera que también dimitió a sus funciones como presidenta interina. ¿Cuál es la situación?
Es la primera vez que está pasando algo como esto. Lo que ella ha hecho aparentemente es renunciar a ambos puestos, a la encargatura, porque asegura que no están dadas las condiciones para poder ejercerla, y al cargo de vicepresidenta.
En un escenario normal, en el que el Congreso no esté disuelto, su renuncia dejaría claro que perdimos a un vicepresidente constitucional, y en ese caso, si es que algo pasara con Vizcarra, quedaría encargado el presidente del Congreso, quien tendría que llamar a elecciones presidenciales. Entiendo que esto es más o menos el objetivo que busca que se ejecute Aráoz, pero legalmente eso no puede pasar porque el Congreso está disuelto y ella no puede presentar su renuncia ante un Congreso disuelto. Por lo tanto, formalmente todavía es vicepresidente.
Lo cierto es que en la práctica ella ya no ejercería ninguna función, y creo que esto es más bien una movida política: la de pedirle al presidente que no solamente convoque a elecciones parlamentarias por la disolución al Congreso, sino que también se realicen elecciones presidenciales. Creo que es un mecanismo de presión.
¿Pero ella debió renunciar también ante el Ejecutivo, o sea que para el presidente ella todavía no ha renunciado?
Exacto, para el Ejecutivo ella todavía no ha renunciado porque tenía que haberlo hecho ante el presidente. Pero se infiere que no lo ha hecho porque, según su modo de actuar, ella juramentó ante el Congreso que no se cree disuelto y luego de presuntamente vacar a Vizcarra de manera temporal.
¿Qué se supone que debería pasar ahora en Perú, jurídicamente hablando? ¿Se puede quedar Perú solo con Vizcarra al mando y sin ningún vicepresidente?
Legalmente ahorita la situación es que el presidente convoca a elecciones del Congreso y que no tiene sucesor presidencial hasta que se elija un nuevo Congreso, tras finalizar este período.
Formalmente y legalmente estamos ante un Congreso disuelto y todavía tenemos presidente y vicepresidente, hasta que renuncie ante el Ejecutivo.
Lo que podría pasar es que se tendrían que convocar a elecciones no solamente parlamentarias sino también presidenciales si Vizcarra decidiera renunciar, pero creo que eso es poco probable. Creo que, dadas las circunstancias, lo más probable es que solo se lleven a cabo elecciones parlamentarias, y las nuevas elecciones generales se llevarían a cabo ya en 2021, como lo establece la Constitución.
¿No es un poco ilógico que recientemente Vizcarra haya propuesto ante el Congreso realizar elecciones generales y ahora, en vez de renunciar, se mantenga en el poder?
Hay dos razones: la primera, que es la más formal, es que él no puede decidir por sí mismo el adelanto de las elecciones; él propuso una reforma constitucional y hasta que no haya un nuevo Congreso no puede haber una nueva reforma; o sea que legalmente cualquier idea de adelanto de elecciones generales estaría fuera de la legalidad.
La otra razón es la situación política. Vizcarra propuso esa idea como un mecanismo para solucionar la crisis entre el Legislativo y el Ejecutivo, el Congreso decidió no ir por esa opción, se forzó el tema y el Ejecutivo usó el arma de la disolución del Congreso.
¿Se puede decir que después de este abismo constitucional ya se estaría dejando el agua correr y parece que Vizcarra ganó el round contra el Congreso a pesar de que aún hay dudas de que la disolución haya sido legal?
Yo creo en Perú tiene mucho para ofrecer y sorprender. Yo no descartaría un pronunciamiento del Tribunal Constitucional tras una demanda de competencias, pero creo también que cuando eso ocurra, que no será inmediato sino quizás en unos cuántos meses, el escenario político y el efecto que pueda tener la sentencia quizás tenga en consideración cómo nos encontremos en ese momento. Mientras más tiempo pase el Tribunal Constitucional sin pronunciarse, es más difícil que se revierta el resultado.
Creo que lo más probable es que esto no cambie y no se revierta, pero aún no está completamente descartado.
Para usted, como abogado, ¿fue legal que Vizcarra disolviera el Congreso?
Yo creo que no fue limpio. Creo que lo que él hizo no está expresamente permitido, pero tampoco está expresamente prohibido. En derecho los actos sí clasifican como manifestación de voluntad; uno puede con sus acciones decir algo.
En este caso, el Congreso votó por los magistrados para no ver la cuestión de confianza cuando esta decía específicamente que tenía que tener aplicación para el procedimiento de selección de magistrados.
Yo creo que si un juez estuviera a cargo de este caso, señalaría que con sus hechos el Congreso manifestó la voluntad de negar la cuestión de confianza a pesar de que no lo hizo explícitamente; esto porque prefirieron iniciar la votación de los magistrados antes de atender la solicitud del presidente. Los hechos demuestran una manifestación de voluntad de negar la cuestión de confianza.