EnglishDiversas situaciones que ocurren en la realidad venezolana nos llevan a plantearnos qué sucede con la propiedad privada en ese país. Presentamos a continuación un análisis que pretende señalar las diferencias entre el concepto de propiedad privada en el plano formal y la realidad de lo que sucede en Venezuela.
La propiedad en el plano formal
Analizando el plano formal, la libre iniciativa y la propiedad privada existen en este país. En el artículo 112 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), aprobada por votación popular el 15 de diciembre de 1999, se establece que “todas las personas pueden dedicarse libremente a la actividad económica de su preferencia…” En el artículo 115 se señala: “se garantiza el derecho de propiedad. Toda persona tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes” (el destacado es nuestro).
En ese mismo artículo, se añade: “por vía de excepción podrán ser objeto de confiscación, mediante sentencia firme, los bienes de personas naturales jurídicas, nacionales o extranjeras, responsables de delitos cometidos contra el patrimonio público, los bienes de quienes se hayan enriquecido ilícitamente al amparo del Patrimonio Público y los bienes provenientes de las actividades comerciales, financieras o cualesquiera otras vinculadas al tráfico ilícito de sustancias psicotrópicas y estupefacientes” (el destacado es nuestro).
En pocas palabras, la CRBV establece claramente el principio de la propiedad privada y tipifica los casos en los cuales el gobierno puede ignorarlo para despojar a un particular o a una empresa de los bienes que les pertenecen. Para que ese despojo se produzca es indispensable que se haya cometido un delito grave. Estos principios constitucionales se desarrollan en el Código Civil y en el Código de Comercio.
Chávez y la propiedad privada
En el plano de la realidad concreta, en Venezuela ocurre algo muy distinto a lo que indica la Constitución. Desde el año 2001, y especialmente a partir de la reelección de Chávez en diciembre de 2006, cuando compite con Manuel Rosales, en ese entonces gobernador del estado Zulia, la propiedad privada de los medios de producción y de activos particulares, como los inmuebles, viene siendo objeto de un acoso permanente por parte del régimen. A partir de su victoria frente a Rosales, el comandante fallecido comenzó a plantear de forma abierta la necesidad de acabar con las relaciones de producción capitalista, destruir las relaciones mercantiles, suplantar el valor de cambio por el valor de uso y, en fin, sustituir el capitalismo por el socialismo del siglo XXI. El eje de ese movimiento residía en reducir a su mínima expresión la propiedad, tanto de los medios de producción como de los inmuebles.
La reforma constitucional que Hugo Chávez sometió a la consideración del electorado el 2 de diciembre de 2007, tenía en la propiedad pública y en la propiedad comunal dos de sus columnas fundamentales. A pesar de que ese referendo aprobatorio fue rechazado por la mayoría de los electores, el Presidente desconoció ese dictamen y le ordenó a la mayoría oficialista de la Asamblea Nacional que aprobara un conjunto de leyes en las cuales se consagraba la propiedad colectiva.
El giro hacia la socialización tenía dos vertientes: una, dirigida a la estatización de empresas privadas importantes; la otra, orientada a la colectivización de aquellas áreas no consideradas estratégicas por el gobierno. Para avanzar en la primera línea nacionalizó empresas como la Siderúrgica del Orinoco (SIDOR), con el objeto de controlar la producción de acero y cabillas; Cementos Mexicanos (CEMEX) para dominar el área de la fabricación de cemento; y la Electricidad de Caracas, con el fin manejar la energía eléctrica en la región central del país. Expropió Agroisleña, importante empresa del occidente nacional que asesoraba y abastecía de abonos y fertilizantes a los productores agrícolas, y Lácteos Los Andes, Aceites Diana y Café Fama de América, cada una de ellas con importancia en su respectiva área.
Esas expropiaciones y confiscaciones, así como otras que se efectuaron en las zonas rurales, se realizaron sin que sus dueños incurriesen en ningún delito, ni se hubiese producido ninguna sentencia firme por parte de algún tribunal de la República. Solo la arbitrariedad y el capricho del autócrata servían para justificar esos atropellos a la propiedad privada.
En el plano de la creación de la propiedad comunal, a pesar de las leyes sobre la Economía Popular aprobadas por el Parlamento, fue muy poco lo que se avanzó. Los Fundos Zamoranos, las comunas agrícolas, las cooperativas socialistas y las Empresas de Responsabilidad Social (ERS), no contaron con el apoyo popular, no obstante la propaganda y el esfuerzo verbal que les dedicó el caudillo.
La situación actual
Chávez no pudo ver realizada su utopía colectivista. Las relaciones de producción capitalista siguen predominado en el país. Sin embargo, la propiedad privada se encuentra sometida a numerosas y graves restricciones que han reducido gravemente su eficiencia y su importancia.
En el Índice 2013 de Libertad Económica, elaborado por la Fundación Heritage, Venezuela aparece en el lugar 174, de los 177 países estudiados. Esta precariedad institucional ha provocado una enorme inseguridad jurídica y que los derechos de propiedad se encuentren seriamente amenazados. El estatismo se ha desbordado. Las empresas productoras de alimentos, por ejemplo, pueden ser declaradas “estratégicas” y de utilidad pública en cualquier momento, y, por lo tanto, confiscadas sin que se cubran los extremos legales. Esas empresas y las grandes redes de supermercados no pueden producir ni distribuir sus productos de acuerdo con sus propios planes operativos, sino según las órdenes que les dicta el gobierno central de forma unilateral.
A través del control de cambios de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) y de la Ley de Ilícitos Cambiarios, el Gobierno mantiene el control de las divisas que manejan las empresas, lo cual las obliga a una relación de sometimiento y dependencia absoluta del Ejecutivo. El Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT) puede imponerles multas millonarias y arbitrarias a las empresas, sin que exista un tribunal independiente al cual apelar.
En el caso de la propiedad inmobiliaria particular, los dueños de los inmuebles alquilados están sometidos a los abusos de los inquilinos sin que la ley los proteja. También resulta cada vez más engorroso vender (disponer) una vivienda.
La propiedad privada existe en Venezuela, pero está languideciendo.