La Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó reformas a la Ley de Extinción de Dominio. Entre estas reformas que se acordaron se establece un período de 10 años para que prescriba la acción de extinción. Este período se empieza a contar a partir de la adquisición o destinación ilícita de los bienes. Esto quiere decir, que si bienes fueron adquiridos durante ese período no entrarían dentro de la aplicación de la ley.
Además se acordó agregar un inciso a la ley que establezca que “en el caso de los bienes muebles de uso personal o bienes que generen ingresos para la manutención familiar, el maneje de casa, la vivienda familiar o bienes inmuebles sujetos al régimen de bien de familia estos serán entregados en depósito al mismo interesado mientras dure el proceso“.
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De aplicarse estas modificaciones en algunos casos se tuviera que devolver bienes a personas que están siendo procesadas por diversos crímenes, entre ellos pandilleros que estén siendo procesados por enriquecimiento ilícito proveniente de extorsiones.
¿Se imaginan qué desesperados deben estar los diputados para que se estén pasando por el forro las "recomendaciones" de la @USAmbSV ?
— Carlos Martínez (@chelefaro) July 18, 2017
No hubo un acuerdo en la reforma que buscaba agregar un inciso y establecer que la extinción de dominio procederá en “todos aquellos bienes que constituyan un incremento patrimonial no justificado previa sentencia condenatoria de la autoridad judicial competente como requisito de la procesabilidad”.
Que te indigne! pic.twitter.com/6um5KapyBn
— Proyecto Cero (@ProyectoCeroSV) July 19, 2017
Esto quiere decir que de aprobarse se estaría perdiendo la autonomía de los procesos judiciales ya que se tendría que esperar una resolución judicial para proceder a quitar bienes, en otras palabras se estaría desnaturalizando la ley, ya que pierde la autonomía y se sujeta a una sentencia judicial.
Reacciones a las reformas
Jean Manes, embajadora de los Estados Unidos en El Salvador rechazó las reformas, explicando que estas modificaciones no cumplen con los estándares internacionales. “(La Ley de Extinción de Dominio) sí es una herramienta importante, clave en la lucha contra la corrupción y la impunidad y es lamentable que la reforma que está arriba de la mesa no cumple con las normas internacionales y eso es muy triste para El Salvador y todos los salvadoreños que obviamente es un paso grande atrás en la lucha contra la corrupción y la impunidad”, declaró la funcionaria a los medios de comunicación salvadoreños.
Resumen de la ley de extinción: Si compras con fondos ilícitos siendo politico,a los 10 años ya es tuyo.Si sos delincuente,hasta los 30 años
— Soy Salvadoreño (@soysalvadoreno) July 19, 2017
El Fiscal General de El Salvador Douglas Meléndez cuestionó las reformas aprobadas por los diputados del FMLN, GANA, PCN y una de ARENA. “Si hubo una tregua para las pandillas, esta es una tregua para los corruptos”, declaró Meléndez. “Con esta disposición se podría estar lavando bienes ilícitos, se está tratando de forma diferente, violando aspectos constitucionales”, advirtió. Además, las reformas establecen en qué tiempo deberá cesar la persecución de un delito, lo cual lo determinan los tribunales. “Es una invasión a las potestades de la Fiscalía o los jueces, mandar un caso al archivo”, remarcó.
La 'Mara Legislativa' haciendo de las suyas esta tarde.
— Roberto Valencia (@cguanacas) July 18, 2017
Excepto una diputada, ARENA el partido de oposición se abstuvo de votar. La aprobación de estas modificaciones provocaron una oleada de indignación en la ciudadanía. En especial por la abstención del partido ARENA, que no manifestaron un oposición a estas reformas. ARENA explicó que no votó ya que pidió más tiempo para analizar las modificaciones.
¿Qué es la Ley de Extinción de Dominio?
La Constitución de El Salvador prohíbe la confiscación de bienes como pena a ciudadanos si estos los adquirieron de forma lícita. Entonces, “extinguir el dominio” se refiere que en algunos casos se “extingue” la propiedad debido a que los bienes no tienen una “causa justa” sobre dicho dominio, es decir, fueron adquiridos injustamente. Por lo tanto, cuando la Ley de Extinción de Dominio se aplica se declara la nulidad del título, dejando extinto el dominio, es decir, no se despoja a nadie de sus bienes, por que en realidad nunca fueron de su justa pertenencia.
Fuentes: La Prensa Gráfica, El Diario de Hoy, EDH