La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia de Colombia admitió la acción de tutela interpuesta por Mario Felipe Daza Pérez y David Alonso Roa Salguero, contra el fallo emitido por la Sala de Casación Civil que ordenó el regreso del oso de anteojos “Chucho” desde el Zoológico de Barranquilla a la Reserva Natural de Río Blanco en Manizales, que fue su hogar durante 18 años.
Los juristas estiman que el mecanismo constitucional incoado no es el adecuado y que atacar la decisión de la Sala de Casación Civil es una lucha por defender el ordenamiento jurídico colombiano.
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“El Habeas Corpus interpuesto en aras de proteger al oso Chucho no es el adecuado, quebranta los derechos jurídicos, el principio constitucional de la seguridad jurídica, el derecho de igualdad, y la confianza legítima, esas son las razones principales”, señaló Daza.
De acuerdo con los juristas el mecanismo constitucional resultaba improcedente toda vez que fue diseñado para ser aplicado para las personas y que por analogía no permite hacer extensiva la aplicación sobre animales, luego la decisión judicial resulta incongruente para la orden que fue emitida.
La decisión fue adoptada con ponencia del Magistrado Gerardo Botero Zuluaga, “por reunir los requisitos exigidos en el artículo 14 del decreto 2591 de 1991 y en virtud de la competencia que le corresponde a la Corte, de conformidad con lo dispuesto por el primer inciso del numeral 2o. del artículo 1o. del decreto 1382 de 2000”.
En la misma decisión se ordena la vinculación al proceso de la Fundación Botánica y Zoológica de Barranquilla, Corpocaldas, Aguas Manizales SA ESP, Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales y Naturales, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Sala Civil de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales, Alcaldía de Manizales y la Reserva Natural La Planada.
Lo “novedoso de este fallo” es que, por primera vez en Colombia, se aplica el mecanismo constitucional de Habeas Corpus para proteger el derecho de un animal, considerados por la Corte Constitucional como “seres sintientes”, concepto que ha causado disenso dentro del nicho jurídico colombiano.
El abogado que hizo valer los derechos del oso “Chucho” fue el abogado constitucionalista Luis Domingo Gómez Maldonado.