Este lunes el presidente colombiano, Juan Manuel Santos, en horas de la mañana, 11:00 a. m. (hora local), posesionará a los magistrados que fueron elegidos para hacer parte de la Justicia Especial para la Paz (JEP), columna vertebral del acuerdo Santos-FARC. Pese a inhabilidades, los magistrados harán parte de la justicia encargada de investigar y juzgar los graves crímenes del conflicto armado.
La posesión de los magistrados se torna dificultosa, pues el régimen de inhabilidades e incompatibilidades que se añadió a esta justicia especial haría que, en su funcionamiento, al menos, la mitad de los togados seleccionados no puedan hacer parte de la jurisdicción. En este sentido, el régimen de prohibiciones para los magistrados que tomarán posesión de sus cargos no permite a aquellos que en los cinco años posteriores a la fecha hayan ejercido o representado judicialmente hechos y/o casos relacionados al conflicto interno colombiano o pertenezcan o hayan pertenecido a entidades u organizaciones que hayan ejercido dicha representación.
Como lo había advertido el PanAm Post el listado de 51 magistrados entregado al presidente Santos el pasado 26 de septiembre por parte del Comité de Escogencia, después de todo, muchos de ellos habrían tenido contratos con la actual administración del presidente Santos y otros pasaron a través de la llamada “Puerta Giratoria”.
Por su parte, Mirtha Patricia Linares, presidenta del Tribunal Especial para la Paz, dijo a Caracol Radio que la posesión de los magistrados que hará el presidente Santos sobre los magistrados que harán parte del sistema de justicia transicional es legítima, “el Acto Legislativo 01 del 17 está en plena vigencia, allí se consigna que la Justicia Especial para la Paz entra desde ese momento en funcionamiento y de hecho viene funcionando”.
Linares mencionó que la Ley Estatutaria que se aprobó a finales del 2017 que contiene el régimen de inhabilidades es un proyecto de ley que aún no se le ha realizado el respectivo examen de constitucionalidad por la Corte Constitucional. Por esa razón, las inhabilidades allí consignadas no están vigentes y no torpedean la posesión. A su juicio, los magistrados no están imposibilitados para asumir sus funciones en este momento.
Se tiene previsto que las primeras funciones primordiales que debe adelantar los magistrados es definir el reglamento interno de la justicia especial, al mismo tiempo, construir el proyecto de ley que señale el procedimiento penal bajo el cual se regirán, documento que debe ser presentado por el Gobierno colombiano ante el Congreso de la República. Conjuntamente, esperan recibir una serie de documentación por parte de las distintas entidades públicas, entre ellas la Fiscalía General de la Nación, al igual que organismo de control como la Procuraduría General, Contraloría, y organizaciones de víctimas en el marco del conflicto armado en el país.
La JEP estará compuesta por cinco órganos y una Secretaría Ejecutiva: la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas. La Sala de Amnistía e Indulto. La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas y La Unidad de Investigación y Acusación.
Para esta justicia especial se trazó los objetivos de satisfacer el derecho a las víctimas a la justicia, ofrecer verdad a la sociedad colombiano sobre que fue lo paso en el conflicto, contribuir a la reparación de las víctimas y contribuir a la lucha contra la impunidad.
Cabe destacar que la fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) en su ultima visita a Colombia mantuvo su preocupación por la posibilidad que delitos de lesa humanidad queden impunes.
La Corte Constitucional en noviembre pasado concluyó que la JEP cumple con la totalidad de los requisitos que enuncia la Constitución Política para su formación.