El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela otorgó este martes permiso a los militares para participar en marchas y mítines políticos y negó que el propósito de esta medida sea facilitar el proselitismo. Mas se indicó que la decisión tiene como finalidad permitir la participación de los efectivos en asuntos públicos.
El visto bueno lo dio la Sala Constitucional venezolana al desechar la acción de amparo que los miembros del Frente Institucional Militar (FIM) interpusieron a finales de marzo pasado contra la ministra de la Defensa, almirante Carmen Meléndez, por ordenarle a los miembros de la Fuerza Armada Nacional (FAN) acudir a la movilización que organizó el Gobierno y el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) el pasado 15 de marzo, para respaldar la actuación de la Guardia Nacional (GN) frente a las protestas estudiantiles.
La medida para por alto que la Constitución venezolana de 1999, establece en sus artículos 328 y 330 que la institución castrense es “esencialmente profesional, sin militancia política”, que “está al servicio exclusivo de la Nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna”, y le prohíbe a sus miembros “participar en actos de propaganda, militancia o proselitismo político”.

“La participación de los integrantes de la FAN en actos con fines políticos no constituye un menoscabo a su profesionalidad, sino un baluarte de participación democrática y protagónica”, afirmó la instancia integrada por los magistrados Gladys Gutiérrez, Francisco Carrasquero, Marco Tulio Dugarte, Carmen Zuleta de Merchán, Arcadio Delgado Rosales, Luisa Estella Morales y Juan José Mendoza (ponente).
El máximo juzgado, en su sentencia número 651, aseveró que los uniformados, por su mera condición, no están excluidos de ejercer el derecho previsto en el artículo 62 de la Constitución y “participar libremente en los asuntos políticos y en la formación, ejecución y control de la gestión pública”. Y, para rematar, agregó que la participación de este colectivo en los asuntos comunes “se erige como un acto progresivo de consolidación de la unión cívico-militar”.
La Sala Constitucional tampoco vio problemas en que los militares deban corear consignas como “Independencia y patria socialista ¡Viviremos y venceremos!” o “¡Chávez vive! ¡La patria sigue!”.
Para la presidenta de la organización Control Ciudadano de la Seguridad, la Defensa y la FAN, Rocío San Miguel, el fallo representa “un golpe histórico a la institucionalidad venezolana” e implica “la legalización de la FAN como el partido armado de la Revolución”.”El TSJ con esta decisión está desconociendo absolutamente el Estado de Derecho vigente”, agregó la experta en temas castrenses.
Recientemente se conoció que de acuerdo al Foro Económico Mundial, Venezuela es el país con el sistema judicial menos independiente del mundo, ya que el mismo está permeado por las instancias del gobierno.
Fuente: El Universal