Los diputados de oposición respondieron al Gobierno de Nicolás Maduro sobre la intención de retirarles la inmunidad parlamentaria y afirmaron: “Que nos metan presos”.
El gobernador oficialista de Carabobo, Francisco Ameliach, solicitó este jueves 8 de septiembre a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia que retire la inmunidad a los diputados pues considera que dicha “inmunidad no es para amparar delincuentes”.
Expertos y diputados de la Mesa de la Unidad Democrática calificaron de “fujimorazo” o “madurazo” la acción judicial interpuesta por Ameliach, y advirtieron que de hacerse efectiva la solicitud, tendrá implicaciones negativas tanto a nivel nacional como internacional”.
“Que se dejen de amenazas; échenle piernas y metan presos a Henry Ramos, a Enrique Márquez, al resto de los parlamentarios y a mí”, replicó el segundo vicepresidente legislativo, Simón Calzadilla.
“Que eliminen la inmunidad y nos metan presos para que vean cómo se profundiza la crisis, la ingobernabilidad y la caída del Ejecutivo. El retiro de la inmunidad sería un suicidio para el gobierno, un golpe de Estado, un fujimorazo, que será rechazado por la comunidad internacional, la Fuerza Armada y la mayoría del país. Ameliach recurre a un artilugio para evadir la realidad, los problemas sociales”, dijo también el diputado Carlos Valero.
“La inmunidad evita que sean perseguidos y su alcance está establecido en la Constitución. La inmunidad no protege a delincuentes y la Asamblea no lo hará. Activar los derechos constitucionales no atenta contra la patria ni contra el pueblo, solo contra un Gobierno que ya no lo representa”, afirmó Juan Miguel Matheus, diputado opositor.
El chavismo asegura que los diputados de oposición utilizan su inmunidad parlamentaria para “conspirar, matar, ir contra el pueblo y su derecho a la paz”; sin embargo no ha mostrado prueba de dichas afirmaciones.
Cabe destacar que el pasado 6 de diciembre la oposición venezolana logró ganar en las elecciones legislativas; logró 224 diputados principales y suplementes.
Constitución clara y precisa
La Constitución dedica un artículo (art. 200) a la inmunidad de los diputados y establece que aunque el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) es la única autoridad que podrá ordenar la detención y el enjuiciamiento de los parlamentarios, solo podrá hacerlo con una condición: que la mayoría parlamentaria así lo autorice.
Los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional gozarán de inmunidad en el ejercicio de sus funciones desde su proclamación hasta la conclusión de su mandato o la renuncia del mismo. De los presuntos delitos que cometan los o las integrantes de la Asamblea Nacional conocerá en forma privativa el Tribunal Supremo de Justicia, única autoridad que podrá ordenar, previa autorización de la Asamblea Nacional, su detención y continuar su enjuiciamiento. En caso de delito flagrante cometido por un parlamentario o parlamentaria, la autoridad competente lo o la pondrá bajo custodia en su residencia y comunicará inmediatamente el hecho al Tribunal Supremo de Justicia.
Reza además: “Los funcionarios públicos o funcionarias públicas que violen la inmunidad de los o las integrantes de la Asamblea Nacional, incurrirán en responsabilidad penal y serán castigados o castigadas de conformidad con la ley”.
Fuente: El Nacional; Maduradas