A través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), el gobierno argentino modificó la Ley de Migraciones Nº 25.871, con la finalidad de acelerar el proceso de deportación de delincuentes y poner más control en la entrada de extranjeros que hayan cometido delitos.
Este decreto habla de los “hechos de criminalidad organizada de público y notorio conocimiento, en donde el Estado Nacional ha enfrentado severas dificultades para concretar órdenes de expulsión dictadas contra personas de nacionalidad extranjera”.
Adicionalmente, la ley señala que el 21,35 % de la población carcelaria en 2016 fueron extranjeros y que estaban vinculados con delitos relacionados con el narcotráfico. El 33 % que está bajo custodia, proviene de otros países. Es por ello que entre las justificaciones se lee que, de acuerdo con el último censo nacional, un 4,5 % de la población extranjera es delincuente y ello representa un “alto índice”.
Estas medida se expiden con la finalidad de acortar los tiempos de los procedimientos para definir la expulsión de los extranjeros que tengan antecedentes penales. Según informan varias fuentes oficiales, los procesos duraban anteriormente entre 6 y 7 años y el gobierno propone cambiar ese período a dos meses.
- Lea más: Argentina se acerca a salir de recesión: Su economía creció 1,4 % en noviembre
- Lea más: Argentina puede ser la nueva Arabia Saudita del litio, estiman expertos
Se destaca también que “se hace indispensable modificar la Ley N° 346 de Ciudadanía, a fin de precisar que es requisito tener residencia permanente o temporaria de forma continua en los dos (2) años anteriores, a los efectos del cómputo del arraigo necesario para acceder a la nacionalidad por naturalización”.
Con respecto a ello, el gobierno decretó que los extranjeros al entrar al país, serán admitidos para ingresar y permanecer en categoría de “residentes permanentes, residentes temporarios o residentes transitorios”. Mientras no se haya formalizado el trámite correspondiente, la Autoridad de Aplicación “podrá conceder una autorización de “residencia” precaria que será revocable por la misma y que su validez será de hasta noventa días corridos, pudiendo ser renovables hasta la resolución de la admisión solicitada”.
En caso que exista interposición de recursos administrativos o judiciales en contra de las medidas de declaración de irregularidades, “la autoridad de aplicación podrá otorgar un ‘permiso de permanencia transitoria por 90 días prorrogables”.
Con respecto a los motivos por los que se les pudiera impedir el acceso al país a los extranjeros, se señala la omisión de antecedentes penales que será sancionada con una prohibición de ingreso por cinco años y la entrega a las autoridades nacionales de alguna documentación que contenga falsedades.
Fuente: Ámbito