
El diario El Espectador, en uno de sus reportajes, advierte que el borrador de La Ley de Tierras producto del Acuerdo Santos-FARC sobre acumulaciones indebidas de tierras después de 1994 podría pasar inadvertida.
El borrador en su artículo 37 dispone que acumular baldíos antes del año 1994 no constituye un acto ilegal. Tampoco lo es si los adquiridos después de ese año no tenían en sus registros la prohibición expresa de ser acumulados.
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El Ministerio de Agricultura decidió dividir el proyecto de reforma rural, por una parte, se tienen los instrumentos básicos para acceder a la tierra e incentivos según lo pactado entre el Gobierno Nacional y las FARC en La Habana y por otro lado, un proyecto de Ley que aborda lo relativo a los temas de fondo, asignación de sujetos del plan de distribución de tierras, seguridad jurídica y el complicado tema de tierras baldías y su acumulación.
Una de las mayores disputas en Colombia es la asignación de tierras. Según las FARC, el país padece una acumulación inequitativa, es por ello que propusieron su ideología en la Ley de Tierras.
Según la Ley 160 de 1994 por la cual se crea el Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino, mediante la cual se introduce uno de los conceptos que rigen la propiedad privada en el país: la unidad agrícola familiar (UAF), esta figura permite considerar la extensión de tierra mínima en Colombia para que una familia campesina subsista y tenga una vida digna.
Esto significa que poseer más de una UAF en terrenos de origen baldío es una acumulación indebida.
Esta discusión que tuvo lugar en 2003 hecha por senadores de izquierda, denunciaron que el mayor acumulador de baldíos en el país es por empresas del sector privado.
Los congresistas denunciaron que compañías como Riopaila, Cargill, Manuelita, Brigard & Urrutia o la Poligrow habían violado la prohibición de acumular tierra que debía destinarse a campesinos pobres.
Ahora, la deliberación del borrador de la Ley de Tierras sigue siendo objeto de críticas por parte del grupo guerrillero, ya que la ley sigue con un propósito “de persistir en ese ciclo de victimización e inequidad extrema”, advierte un vocero de las FARC.
Inicialmente en el Acuerdo Santos-FARC se contemplaba una indemnización por acumulación indebida de predios UAF. Sin embargo, en el nuevo borrador del proyecto de ley eso desaparece y dificulta la distinción de acumulación indebidas después de 1994.
Al parecer notarios y registradores del país no cumplieron las exigencias adoptadas en la Ley 160 la cual estableció que los bienes de origen baldío contuvieran, en sus títulos de adjudicación, su naturaleza jurídica y, por tanto, la prohibición de acumulación.
“La negligencia de los funcionarios del Incoder (Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, liquidado), en no expedir las certificaciones de no violación a la Ley 160. no puede ser el paraguas que cubra la amnistía de la acumulación de UAF con origen de baldíos”, asegura Yamile Salinas, consultora de Indepaz.
Según Jorge Enrique Vélez, exsuperintendente de Notariado y Registro, “tiene que ser el tema de formalización, titulación y productividad, y no se puede tocar la propiedad privada”. Y agrega: “Si queremos que los ocupantes de baldíos sean propietarios y no les damos confianza en el régimen de propiedad privada, generaremos otra guerra más grande”.
“El núcleo del debate es la distribución de la tenencia de la tierra rural con vocación agropecuaria. La evidencia en nuestro país muestra un alto índice de concentración inequitativa de la tierra”, opinó Andrés Ocampo, exdirector de procesos agrarios del Incoder. Una tesis soportada en datos como los que arrojó el Censo Nacional Agropecuario, según el cual el 69,9 % de las unidades productivas en el área rural son inferiores a cinco hectáreas y ocupan menos del 5 % del área total censada. En contraste, sólo el 0,4 % de las unidades tiene 500 hectáreas o más, pero son el 40,1 % del total censado.
Al contrario, Yamile Salinas propone rechazar cualquier tipo de legalización de acumulaciones:
“impide documentar fenómenos de violencia, corrupción, proyectos económicos y estrategias de despojo disfrazadas de negocios legales, que propiciaron la acumulación de UAF o la ocupación ilegal de baldíos, ampliamente denunciados por la Corte, la Contraloría y la Superintendencia de Notariado y Registro, entre otras entidades”.
Fuente: El Espectador